Opción del régimen simple de tributación para socios industriales de sociedades.
Surge la pregunta de si una persona natural que es socio industrial de una sociedad puede acogerse al régimen simple de tributación, conocido como SIMPLE.
La tesis jurídica establece que sí es posible, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Según el Estatuto Tributario, existen ciertas restricciones para optar por el régimen SIMPLE, como configurar un contrato laboral o realizar actividades de gestión de activos o generadoras de ingresos pasivos.
Sin embargo, el aporte de industria, contemplado en el Código de Comercio, no impide la opción por este régimen. En cada caso particular, se debe evaluar si se cumplen las condiciones para ser sujeto pasivo del impuesto unificado y no incurrir en alguna de las restricciones mencionadas.
Normatividad:
Normatividad | Descripción |
---|---|
Ley del Estatuto Tributario | Regula la opción del régimen simple de tributación y establece restricciones para ciertas actividades y contratos laborales. |
Código de Comercio | Contempla el aporte de industria en una sociedad, otorgando derechos y obligaciones al socio industrial. |
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En síntesis:
Una persona natural que es socio industrial de una sociedad puede optar por el régimen simple de tributación siempre y cuando cumpla con los requisitos legales establecidos. El Estatuto Tributario prohíbe esta opción para quienes tengan contratos laborales o realicen actividades de gestión de activos o generadoras de ingresos pasivos. Sin embargo, el aporte de industria, regulado en el Código de Comercio, no afecta la posibilidad de acogerse al régimen SIMPLE. Es importante evaluar cada caso particular para determinar la elegibilidad y asegurarse de no incumplir ninguna restricción.
Conclusión:
Los socios industriales de sociedades tienen la opción de acogerse al régimen simple de tributación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la ley. Aunque existen restricciones para ciertas actividades y contratos laborales, el aporte de industria no impide esta opción. Es fundamental evaluar cada caso en particular y asegurarse de cumplir con las condiciones requeridas para ser sujeto pasivo del impuesto unificado bajo el régimen simple.