Ajuste del costo de los activos fijos. Los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2019, en tres punto treinta y seis por ciento (3.36%), de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario.”
Cuando se distribuyan las utilidades generadas con anterioridad al año gravable 2017 y se efectúe el pago o abono en cuenta -lo que suceda primero-, con posterioridad al año gravable 2016, los dividendos y participaciones para las personas naturales no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes tendrán el siguiente tratamiento:”
El artículo 60 del E.T. define a los activos fijos como aquellos “(…) bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente.”
Reajuste de avalúos catastrales para predios urbanos. Los avalúos catastrales de los predios urbanos no formados y formados con vigencia de 1o de enero de 2019 y anteriores, se reajustarán a partir del 1o de enero de 2020 en tres por ciento (3%).
Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad bajo el número y fecha de la referencia, mediante el cual relaciona una serie de participaciones de accionarias de personas naturales en seis (6) empresas, y consulta sobre la obligación que recae sobre las empresas si existe grupo económico, la consolidación de estados financieros o si basta con solo hacer revelaciones.
Quisiera saber al momento de realizar un certificado de ingresos que soportes son los que hay que solicitar para tener certeza de los ingresos a certificar.
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