Para la presentación de las declaraciones de corrección se deberán utilizar los formularios vigentes para la presentación de la declaración inicial a corregir.
Las entidades que otorguen periodos de gracia en capital e intereses a los beneficiarios de las coberturas de de interés deberán informar dicha circunstancia al Banco de la República.
El presente Decreto aplica a todos los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público y a los particulares cuando cumplan funciones públicas.