Los aportes obligatorios al sistema General de Pensiones obligatorias, tendrán el tratamiento de ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
Crease a partir del año 2020 una compensación a favor de la población más vulnerable para generar mayor equidad en el sistema del impuesto sobre las ventas (IVA), la cual se implementara gradualmente.
Los pequeños y medianos empresarios que intervienen en la cadena productiva de la panela o mieles vírgenes proveniente de trapiches de economía campesina, se supedita a su inscripción en el Régimen Simple de Tributación.
No todos los servicios prestados por las entidades administradoras del sistema de seguridad social bien sean IPS o EPS, se encuentran excluidos de IVA.
La norma no distingue el nivel de gobierno al que va dirigida, es decir, su aplicación es general indistintamente de que se trate del nivel municipal, departamental o nacional, para cuya aplicación no se necesita reglamentación por parte del Gobierno nacional.