Los términos de las actuaciones administrativas se reanudarán a partir del día hábil siguiente a la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
La inscripción al RNT tiene una vigencia anual y debe hacerse dentro de los tres primeros meses de cada año, pero debido a la coyuntura nacional este plazo fue ampliado.