Pues bien, con la expedición del decreto 520 de 2020, las personas jurídicas deben pagar la primera cuota entre el 21 de abril de 2020 y el 19 de mayo de 2020.
Establece nuevas fechas para la presentación y pago de las declaraciones de impuesto de renta y de activos en el exterior de grandes contribuyentes y personas jurídicas.
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