La orientación tiene el propósito de ayudar a mejorar la información que se presenta durante el período de la
emergencia sanitaria y en los períodos siguientes, donde se requiere realizar permanentes juicios y
estimaciones en condiciones de incertidumbre.
Los bienes cubiertos por la exención especial son aquellos señalados en el artículo 4 del
Decreto Legislativo 682 de 2020, de conformidad con las definiciones consagradas en el
artículo 3 del mismo decreto legislativo.
La distribución de utilidades en acciones o cuotas de interés social, o su traslado a la cuenta de capital, producto de la capitalización de la cuenta de Revalorización del Patrimonio, es un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional.
La NIIF 16, incorporada en los nuevos marcos técnicos normativos a través del Decreto 2483 de 2018, está vigente en Colombia a partir del 1° de enero de 2019.