Todas las obligaciones sujetas a plazos derivadas de una declaración de importación bajo la modalidad de importación temporal para reexportación en el mismo estado con autorización de levante, estuvieron suspendidas desde el 19 de marzo al 1 de junio del 2020.
El obligado o usuario aduanero no tiene que adelantar ningún trámite ante la DIAN para que proceda la suspensión de términos respecto a las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa que se encuentran suspendidas.
Un cabildo indígena -debidamente constituido- no debe ser objeto de retención en la fuente a título de renta, ya que no es contribuyente de este impuesto por expresa disposición legal.
El parágrafo 3º del artículo 855 del Estatuto Tributario no es aplicable cuando se trate del procedimiento abreviado de que trata el Decreto Legislativo 535 de 2020, por cuanto éste último establece un término especial.
Se requiere desarrollar el procedimiento para la aplicación del esquema de
presunción de costos en la revocatoria directa de oficio o a petición de parte en la terminación por mutuo acuerdo.
Colombia fue incluida por el gobierno de Panamá en la lista de jurisdicciones que recibirán información de manera automática a partir de este segundo semestre.