Se entiende tradicionalmente que, para el asociado, después de hecho el aporte, simplemente puede esperar a ejercer los derechos y disfrutar los beneficios.
“La junta podrá ser convocada por ella misma, por el representante legal, por el revisor fiscal o por dos de sus miembros que actúen como principales”.
La suspensión del término para enervar la causal de disolución por pérdidas en el Decreto 560, operaría desde la fecha de entrada en vigencia del señalado Decreto y por el término de 24 meses.
El artículo 4 del Decreto 568 de 2020, establece que la causación tiene lugar al momento en que se paguen o abonen en cuenta, entre otros, los salarios y honorarios mensuales periódicos.
Artículo 367 de la Resolución DIAN No. 46 de 2019. Trámite especial para la exportación de joyas, oro, esmeraldas y demás piedras preciosas, así como sus derivados.