El parágrafo 3º del artículo 855 del Estatuto Tributario no es aplicable cuando se trate del procedimiento abreviado de que trata el Decreto Legislativo 535 de 2020, por cuanto éste último establece un término especial.
Se requiere desarrollar el procedimiento para la aplicación del esquema de
presunción de costos en la revocatoria directa de oficio o a petición de parte en la terminación por mutuo acuerdo.
Colombia fue incluida por el gobierno de Panamá en la lista de jurisdicciones que recibirán información de manera automática a partir de este segundo semestre.
Los contribuyentes que presenten sus declaraciones tributarias por los impuestos administrados por la DIAN, durante el período comprendido entre el primero (1) de abril al primero (1) de julio del año 2020 y presenten mora en el pago, podrán solicitar facilidades o acuerdos de pago mediante procedimiento abreviado, hasta el seis (6) de agosto de 2020.
La solicitud de devolución y/o compensación, así como los requisitos generales y especiales, deberán presentarse de manera virtual, o física en los eventos establecidos por la DIAN.
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