¿Cual es el procedimiento a seguir en materia de la contabilización de las expensas extraordinarias aportadas por los propietarios de los Conjuntos Residenciales y/o mixtos de Propiedad Horizontal con fines específicos?
Nos dice el Contador que como somos una ESAL no somos responsables de IVA, sin embargo, la entidad si ha vendido servicios profesionales, la entidad se sostiene con cuotas de sostenimiento, también nos dice que no estamos obligados a llevar factura electrónica por no ser responsables de IVA.
“Confirmar si hay reglamentado un formato establecido por la DIAN para el envío de la información, si el envio se va a realizar de forma virtual, o si por envío electrónico a que correo o si de forma física a que dirección y remitido a quien”.
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