El presente Decreto rige a partir de las 00:00 a. m. del 1º de septiembre y hasta las 00:00 a. m. del 1º de octubre del 2020, así se deroga el Decreto 1076 del 28 de julio de 2020.
Cualquier trámite que se cree en adelante será exclusivamente en línea, y para los existentes que no puedan realizarse totalmente en línea el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones determinará sus plazos y condiciones.
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