El usuario industrial de una zona franca debe desarrollar su objeto social y la actividad generadora de renta, exclusivamente en las áreas declaradas como zona franca.
La cuantía que estará a cargo del empleador o contratante será equivalente al 15 % del ingreso mensual del beneficiario en el periodo que se realiza dicho aporte, valor que será adicional al convenido a pagar por el desarrollo de la actividad.
La Superintendencia Financiera informó que la tasa de usura para septiembre de 2020 se ubicará en 27,53 % efectivo anual. Este es el interés máximo que pueden cobrar entidades financieras y personas naturales en créditos de consumo y ordinarios.
Resolución 1438 de 2020.- Esta normativa contiene los cambios operativos relacionados con la planilla Tipo O-Obligaciones Determinadas por la UGPP y aplaza el contenido restante de la Resolución 454 de 2020.
¿Una Cooperativa, que perdió la calidad del régimen tributario especial para efectos fiscales, se deberá hacer la depuración que está plasmado en el art 10 de la ley 79 de 1998?
¿Es posible (dadas la pandemia del Covid-19) iniciar un procedimiento verbal sumario ante la Superintendencia de Sociedades, en marco de un acuerdo de reestructuración de pasivos suscrito y que actualmente está siendo ejecutado?
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