Día: 8 de noviembre de 2020
Las comisiones percibidas por la utilización de tarjetas de crédito o débito están excluidas del IVA, independientemente de quien asuma su pago.
¿El oficio demandado viola el numeral 17 (hoy 28) del artículo 476 del Estatuto Tributario, que consagra la exclusión del IVA a las comisiones percibidas por la utilización de tarjetas crédito y débito, al limitarla únicamente a aquellos casos en los que la comisión es cobrada por las entidades emisoras de las tarjetas crédito y débito a los establecimientos de comercio por el uso de éstas y no a ningún otro evento?