“(…)2. Aclararnos el alcance del decreto 598 de abril de 2020 en especial con lo relacionado con el parágrafo 3 del artículo 1.2.1.23.3.4, sobre el cual nuestra entidad se considera incluido (sic) por las características antes mencionadas.”
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria formula varias inquietudes sobre la procedencia del incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano, de que trata el numeral 2 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario.
“Mi consulta es con referencia a las rentas exentas Numeral 5 (…) del artículo 235-2 el beneficio de rentas exentas es por 10 años y la empresa dueña del terreno y del cultivo por motivos de reorganización empresarial quiero (sic) que el cultivo lo siga explotando otra empresa.
¿La importación de un kit reactivo de diagnóstico para el análisis de muestras de hisopado orofaríngeo o nasofaríngeo en humanos, se encuentra exenta del impuesto sobre las ventas?
¿Cuál es el alcance de la expresión “ingresos recibidos” en dimensión de la información que se debe reportar por los obligados a llevar contabilidad, para efectos del cumplimiento de la obligación tributaria formal de reportar información exógena?
¿Es posible aplicar a una sociedad residente en Chile la tarifa de retención en la fuente aplicable a los nacionales colombianos, en el evento en que una sociedad fiduciaria efectúe el giro de los beneficios obtenidos en el desarrollo de un proyecto de vivienda?
<span style="vertical-align: inherit;"><span style="vertical-align: inherit;">Javascript no detectado. </span><span style="vertical-align: inherit;">Se requiere Javascript para que este sitio funcione. </span><span style="vertical-align: inherit;">Habilítelo en la configuración de su navegador y actualice esta página.</span></span>