Los contribuyentes, sujetos pasivos pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, cuyo impuesto a cargo (FU), correspondiente a la sumatoria de todo el año gravable 2020, exceda de 391 UVT, es decir, de CATORCE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($14.196.000), y los agentes retenedores de dicho tributo, deberán cumplir las obligaciones de declarar y pagar en los formularios establecidos.
Para las actividades desarrolladas por los moteles, residencias y hostales, así como por parqueaderos, bares y establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos y máquinas electrónicas.
Fijar el porcentaje de la tarifa aplicable para los agentes Autorretenedores del impuesto de industria y comercio en el municipio de Medellín, en un cien por ciento del milaje total de la respectiva actividad.
Se hace necesario para el periodo gravable 2021, el nombramiento de un mayor número de agentes autorretenedores, los cuales reporten un cumplimiento estricto de sus deberes formales.
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