¿Está obligada la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P., a generar factura electrónica y presentar la misma ante la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para el cobro de los gastos reembolsables, teniendo en cuenta que los servicios que se reconocen por dicho concepto son prestados por terceros proveedores de la misma en calidad de central de medios?
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta respecto a la generación del impuesto sobre las ventas en comisiones pagadas desde el exterior y su facturación, considerado una empresa que representa a una del exterior que vende equipos de comunicaciones.
Es de anotar que el artículo 665 del Estatuto Tributario regulaba lo
atinente a la responsabilidad penal por no consignar las sumas retenidas
en la fuente así como el IVA recaudado.
Considerando los conciertos musicales a través de plataformas digitales en los cuales se entrega a las personas un link para su ingreso, se pregunta si podría considerarse un espectáculo público cubierto por la exclusión prevista en dicha norma.
¿Un usuario industrial de zona franca que recibe una muestra sin valor comercial, la puede incorporar junto con otras materias primas nacionales o nacionalizadas, como materia prima en un proceso de producción o transformación de bienes?