Establecer en doce noventa y seis ($0.1296) centavos por cada mil pesos ($1.000) de activos totales, la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades, correspondiente al año 2021.
Mediante el radicado de la referencia, en relación con la certificación de ingresos y retenciones en la fuente, se plantea el caso de los trabajadores que terminaron contrato en el año 2020, pero su liquidación fue consignada en el año 2021, preguntándose en qué año se deben certificar estos valores.
Se recordará que originalmente se dispuso que para no ser responsable del IVA las consignaciones no debían superar el equivalente a 3.500 UVT, ante lo cual se argumentaba que al no haber distinción en la ley, tenían que incluirse TODAS las consignaciones.
El empleador debe promover e impulsar la vacunación de sus trabajadores garantizando, propiciando y promoviendo su asistencia a los puestos de vacunación aun dentro de la jornada laboral otorgando los permisos requeridos para ello.
Frente a las inquietudes manifestadas a la Secretaría Distrital de Hacienda por contribuyentes preocupados ante eventuales errores o inconsistencias en su reporte de información exógena, la Entidad informa que no se trata de errores en los datos presentados sino en la interpretación de estos por parte de quien los consulta.
¿Es procedente la imposición de la sanción por devolución o compensación improcedente a la demandante, en consideración a que los actos administrativos objeto de determinación del impuesto fundamento de la sanción no gozan de ejecutoriedad?