Día: 8 de septiembre de 2021
Procedimiento tributario / Liquidación provisional.
El parágrafo 1° del artículo 764 del Estatuto Tributario establece que “en ningún caso se podrá superar dicho tope”, de modo que no se hace alusión a los topes de ingresos brutos y patrimonio bruto en su conjunto, sino al tope que habilita a la administración tributaria para optar por proferir una liquidación provisional.
Impuesto sobre la Renta / Incentivo Tributario para las Empresas de Economía Naranja.
La Dian reitera que para la procedencia del incentivo tributario para empresas de economía naranja, las empresas deben ejecutar de manera exclusiva actividades para “el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas”, pudiendo realizar una o varias de estas, en cuyo caso el beneficio tributario aplicaría sobre las rentas originadas por el ejercicio de cada una de estas.