Se hace necesario adoptar las acciones pertinentes, de forma ágil, para facilitar la implementación de la ley, sin afectar el flujo de caja de las empresas del país.
No en todos los países se tiene la obligación, como en Colombia, de incluir el código fiscal en el documento de venta. Operativamente, conseguir esta información es muy complejo cuando quien viajó no trae el número.
Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000). (…)
Quienes se encuentren obligados a inscribirse en el Registro Único Tributario -RUT y en las Cámaras de Comercio, deberán suministrar la información del Registro Único Tributario – RUT, así esta no sea necesaria para la inscripción en las Cámaras de Comercio.
Se hace necesario realizar algunas precisiones al artículo 651-1 de la Resolución 46 de 2019, con el fin de aclarar y facilitar el trámite correspondiente a la emisión del concepto favorable o desfavorable para la asignación del contingente para las exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero.