Día: 24 de noviembre de 2021
Impuesto sobre la renta y complementarios. / Limitación a las deducciones de los costos y gastos en el exterior.
La limitación a la deducibilidad de costos y gastos en el exterior prevista en el artículo 122 del Estatuto Tributario aplica respecto de pagos efectuados bajo el marco del “Acuerdo para la exoneración recíproca de impuestos sobre los ingresos derivados de la operación de barcos y aeronaves, celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América”.
Impuesto sobre la renta y complementarios. / Deducción de gastos por concepto de intereses. / Subcapitalización.
La excepción a la regla de subcapitalización consagrada en el parágrafo 5° del artículo 118-1 del Estatuto Tributario aplica a las deudas cuyos recursos se destinen a la financiación de proyectos de infraestructura de transporte o de servicios públicos, independientemente de las calidades del sujeto que las haya contraído.