¿Una factura electrónica debidamente expedida y, por ende, validada por la DIAN, puede ser desconocida como deducción procedente porque dos o tres años después la autoridad tributaria no ubica al facturador o este no responde un requerimiento ordinario de información?
La limitación a la deducibilidad de costos y gastos en el exterior prevista en el artículo 122 del Estatuto Tributario aplica respecto de pagos efectuados bajo el marco del “Acuerdo para la exoneración recíproca de impuestos sobre los ingresos derivados de la operación de barcos y aeronaves, celebrado entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América”.
La excepción a la regla de subcapitalización consagrada en el parágrafo 5° del artículo 118-1 del Estatuto Tributario aplica a las deudas cuyos recursos se destinen a la financiación de proyectos de infraestructura de transporte o de servicios públicos, independientemente de las calidades del sujeto que las haya contraído.
La peticionaria solicita se resuelvan las inquietudes que a continuación se enuncian, respecto de la exención del Gravamen a los Movimientos Financieros GMF aplicable sobre los recursos reconocidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
El saldo a favor liquidado en la declaración de un determinado bimestre, en el que los contribuyentes reciben ingresos por exportaciones y por ventas gravadas en el mercado nacional, es susceptible de devolución en su totalidad o cuáles son las limitaciones de carácter legal para el efecto.
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