El artículo 600 del Estatuto Tributario para definir la PERIODICIDAD DEL IVA de 2022 y de acuerdo con lo establecido en el Concepto de la Dian 283 de agosto 3 de 2021, solo se deberán tomar en cuenta los ingresos gravados y exentos obtenidos durante 2021.
Coordinación de medidas de control y vigilancia en materia de protección al consumidor, con ocasión de la comercialización de bienes en el marco de los días exentos del impuesto sobre las ventas IVA, establecidos en la ley 2155 de 2021, por la cual se expide la ley de inversión social.