Si la entidad está obligada a tener revisor fiscal, los estados financieros certificados, conforme lo explicado en el acápite anterior, deberán estar acompañados de la firma del revisor fiscal y su correspondiente opinión o dictamen.
Los documentos comprobantes y soportes contables, no requieren necesariamente que se encuentren impresos en papel, para obtener la información necesaria a que se refieren y tener la validez legal probatoria requerida.
Los libros de contabilidad se podrán conservar en archivos electrónicos, pero de tal forma que garanticen en forma ordenada la inalterabilidad, la integridad y seguridad de la información, al menos por diez (10) años.
Para presentar el Formulario 260 se deben haber presentado todos
los anticipos bimestrales correspondientes al año gravable anterior, de lo contrario el sistema no te permitirá presentar la Declaración mostrándote una pantalla de ERROR.