Los contratos suscritos con entidades públicas están gravados, por regla general, con IVA, siempre que en su ejecución se configure alguno de los hechos generadores previstos en el artículo 420 del Estatuto Tributario.
<span style="vertical-align: inherit;"><span style="vertical-align: inherit;">Javascript no detectado. </span><span style="vertical-align: inherit;">Se requiere Javascript para que este sitio funcione. </span><span style="vertical-align: inherit;">Habilítelo en la configuración de su navegador y actualice esta página.</span></span>