Secretaria Distrital de Hacienda modifica plazos declaraciones de ICA y retención de ICA de los bimestres de 1 a 4 de 2022.
Los sujetos pasivos pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio, cuyo impuesto a cargo (FU), correspondiente a la sumatoria de todo el año gravable 2021, exceda de 391 UVT, y los agentes retenedores de dicho tributo, podrán declarar y pagar los bimestres 1 a 4 del impuesto a más tardar en las siguientes fechas: