Información de compras de bienes y/o servicios las personas jurídicas, consorcios, uniones temporales, sociedades de hecho y personas naturales comerciantes sean o no contribuyentes del impuesto del ICA en Bogotá D.C y hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 3500 UVT.
La Resolución DDI-006006 del 4 de abril de 2022 establece las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, el contenido y las características de la información que deben suministrar en el año 2022.
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