Están excluidos de IVA la importación y la adquisición de equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, y la adquisición de servicios que se destinen a nuevas inversiones y preinversiones para la producción y utilización de energía a partir de Fuentes no Convencionales de Energía.
Acerca de la oportunidad de la expedición de la factura electrónica de venta, se señala, que esta debe hacerse por cada operación en el momento de efectuarse la venta del bien y/o la prestación del servicio.
Para la procedencia de la renta exenta, la información contable y financiera del contribuyente deberá permitir identificar separadamente los ingresos, costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta.
Tratándose de los bienes a que se refiere el artículo 477 del ET, se prevé para los productores la posibilidad de devolución del IVA de los saldos a favor con una periodicidad máxima de dos veces al año.
¿Quién debe reportar el pago al tercero en la información exógena, el socio oculto quien realizó el pago y practicó las debidas retenciones o el socio gestor en virtud del numeral 27.5 del artículo 27 de la resolución 98 del 28/10/2020?