Cualquiera sea el canal utilizado, es un deber de las entidades vigiladas informar de manera previa al consumidor financiero sobre los mecanismos implementados para adelantar las labores de cobranza prejudicial.
Crear la Coordinación de Enlace para la Innovación y Trasformación Digital en el despacho de la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, de la DIAN.
Se deben diferenciar dos tipos de autorretenciones; la autorretención general (referida en los artículos 1.2.6.1. y siguientes del Decreto 1625 de 2016) y la autorretención especial (referida en los artículos 1.2.6.6. a 1.2.6.11 de este Decreto Único).
Se entiende por deudas manifiestamente perdidas o sin valor aquellas cuyo cobro no es posible hacer efectivo por insolvencia de los deudores y codeudores, por falta de garantías reales o por cualquier otra causa que permita considerarlas como actualmente perdidas, según la sana práctica comercial.
El registro de la factura electrónica de venta como título valor -RADIAN, permite el registro, consulta y trazabilidad de las facturas electrónicas de venta como título valor que circulan en el territorio nacional.
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