La administración cuenta con dos (2) meses para realizar el registro correspondiente, so pena de que se causen los intereses moratorios correspondientes y de responder por los perjuicios que le pueda ocasionar a la compañía.
La responsabilidad de las compañías aseguradoras que garantizan las solicitudes de devolución de un saldo a favor está limitada, puesto que no puede extenderse a la sanción por devolución improcedente a cargo del contribuyente.
Establecer en once ($011) centavos por cada mil pesos ($1.000) de activos totales, la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades.
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