La DIAN rechazó la deducción por inversión en activos fijos reales productivos porque la inversión sobre la que se liquidó excedió el monto del proyecto acordado en el contrato de estabilidad jurídica.
Es el prestador, en su calidad de responsable del IVA y sujeto pasivo jurídico de este impuesto, es la persona designada por ley para cobrar el IVA que se cause en cada operación económica que efectúe.
La administración respectiva, dispondrá del término máximo de veinte (20) días contados a partir del recibo de la información, para efectuar la inspección y para expedir la resolución de compensación.
En el caso de los contratos de opción, que corresponden a un instrumento derivado financiero, la Dian interpreta que, para efectos de la disposición mencionada, su enajenación corresponde a la venta o cesión del contrato, en sí mismo considerado, mientras que la liquidación equivale a su terminación o finalización.
La Ley 675 de 2001 facultó a las propiedades horizontales para explotar económicamente las zonas comunes (parqueaderos) con la finalidad de pagar expensas de la copropiedad.