Día: 9 de octubre de 2022
La carga de la prueba en materia parafiscal, PSSS recae en el sujeto pasivo, por cuanto es quien lo solicita.
Respecto de la carga probatoria del contribuyente, la Sala ha precisado que “de conformidad con el artículo 742 del ET, los actos de liquidación de impuestos deben fundarse en los hechos que se encuentren acreditados en el expediente administrativo, y soportarse en los medios probatorios previstos en la normativa tributaria.
Bonificaciones salariales y aplicación del límite del 40%.
No le asiste razón a la UGPP al pretender incluir en la base de cotización la totalidad de las bonificaciones de zona y ventas recaudo pagadas a los trabajadores, pese a su naturaleza salarial, las partes decidieron excluirlas del IBC, acuerdo que da lugar a que se mantenga dicha exclusión solo en la porción que no supere el 40% del total de la remuneración.