Día: 1 de noviembre de 2022
Grupos empresariales obligados a nombrar revisor fiscal.
El legislador estableció los valores brutos en activos y/o ingresos que a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior excedan el equivalente a 5.000 SMLV y/o a 3.000 SMLV, respectivamente, es decir, que se cumpla cualquiera de los dos requisitos para establecer la obligación de nombrar revisor fiscal.