Cuando se trate de un error contable, debe observarse si dicho error es material o si no es material (inmaterial); de tratarse de un error inmaterial, este debe corregirse en el periodo en el cual se detectó afectando las ganancias acumuladas.
Las decisiones de carácter económico al interior de la propiedad horizontal son las únicas que se toman con base en el porcentaje del coeficiente de copropiedad del respectivo bien privado.
La característica del costo es toda erogación que se identifica clara y directamente con el bien o servicio siendo indispensable para su existencia y obtención de los ingresos.
¿No es el Revisor Fiscal quien debe instruir a la Administradora para que convoque a asamblea extraordinaria con los puntos a tratar relacionados en la solicitud de los copropietarios al Revisor Fiscal?