La obligación de facturar es independiente de la responsabilidad del impuesto sobre las ventas (IVA), por lo que puede un sujeto no ser responsable de IVA y, a su vez, ser obligado a facturar.
Al estudiar la norma, la Sala concluyó que la aplicación de la renta exenta se supedita al cumplimiento de los montos máximos permitidos para las viviendas VIS y VIP, pero correspondientes a los indicados en el plan nacional de desarrollo vigente.
Los artículos 80 y 87 del Decreto 352 del 2002 determinaron que el hecho generador del impuesto de azar y espectáculos estaba constituido por la realización de los eventos gravados y que su causación ocurría al momento de la realización del espectáculo.
La presentación de las declaraciones tributarias litográficas del impuesto sobre la renta y complementario, de ingresos y patrimonio, IVA, impuesto nacional al consumo, retenciones, se efectuara por ventanilla en los bancos.