El Consejo de Estado determinó que el requisito de la certificación de irresponsabilidad penal, expedida por el representante legal de una entidad sin ánimo de lucro, es esencial para acceder al régimen tributario especial.
La reciente sentencia 2019-00444 emitida por el Consejo de Estado ha reafirmado la posición de que el reajuste de las cesantías anualizadas no implica el reconocimiento de una sanción moratoria.
El artículo 814-3 del ET señala que si el beneficiario de la facilidad de pago deja de pagar alguna de las cuotas, la autoridad tributaria puede dejar sin efectos dicha facilidad, anulando el plazo concedido.
La sanción moratoria está sujeta a un término de prescripción de tres años y se causa desde el momento en que el empleador incurre en mora en el reconocimiento y pago de las cesantías.
El régimen de precios de transferencia, regulado por los artículos 260-1 y siguientes del Estatuto Tributario, es aplicable a los contribuyentes del impuesto sobre la renta que realizan operaciones con partes relacionadas ubicadas en el exterior.