Día: 5 de agosto de 2023
No existe el impuesto de vehículos sobre los automotores oficiales.
La Ley 488 de 1998 no gravó a los vehículos oficiales con el impuesto nacional sobre los vehículos automotores y, tanto era así, que el artículo 141 no determinó una tarifa para tales vehículos siendo ésta un elemento indispensable para la configuración del tributo de competencia normativa exclusiva del legislador, y a falta del cual el tributo no existe ni los departamentos pueden establecerlo en reemplazo del Congreso.