La tarifa de ICA aplicable a la comercialización de productos de aseo y uso doméstico es del 11,04%, según la clasificación de actividades secundarias del Consejo de Estado.
El debate sobre la emisión de acciones sin reglamento ha llevado a dos posturas: nulidad o inexistencia. La Superintendencia de Sociedades ha optado por considerar la inexistencia del contrato de suscripción en estos casos.
Los giros que hace el fondo de solidaridad a las empresas de servicios públicos son un pago por el servicio prestado a la población de menores recursos y como tal integran la base gravable del ICA.
Las empresas colombianas pueden compensar pérdidas fiscales generadas por sus sucursales en el extranjero siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las normativas tributarias vigentes.
La restricción de la potestad reglamentaria afecta el tratamiento tributario de activos fijos productivos al restringir su alcance y perjudicar la competitividad empresarial.
La exención del GMF en las transacciones entre EPS y gestores farmacéuticos debe aplicarse siempre que dichas transacciones estén destinadas al cumplimiento del POS y no se realicen con recursos propios de la EPS. El beneficio tributario se basa en la destinación específica de los recursos para la prestación de servicios de salud.