Los plazos para declarar el impuesto de industria y comercio, y sus complementarios, correspondiente al periodo gravable 2023, inician el 24 de enero de 2024 y vencen entre el 17 y 30 de abril de la misma anualidad.
A partir del catorce (14) de noviembre de 2023, se declara la contingencia prevista en el párrafo 2 del artículo octavo de la Resolución No. 4131.040.21.0506 de 2022. La fundamentación de esta declaración se basa en la certificación emitida por el Subdirector de Tecnología Digital (DATIC), la cual señala la existencia de fuerza mayor y los inconvenientes técnicos relacionados con la funcionalidad de la plataforma tecnológica de la Alcaldía.
La fecha límite para realizar el primer pago parcial es el 31 de enero de 2024, a través de la plataforma de Pagos Seguros en Línea (PSE) o mediante transferencia electrónica.
Valor de la unidad de valor tributario – UVT. Fijar en cuarenta y siete mil sesenta y cinco pesos ($ 47.065) el valor de la unidad de valor tributario – UVT que regirá durante el año 2024
La factura de venta digitalizada debe cumplir con las características del Decreto 1165 de 2019 y la Ley 527 de 1999. La DIAN puede solicitar la versión original en físico, y la falta de suministro podría resultar en sanciones según el Decreto Ley 920 de 2023.
El régimen permite prerrogativas como elección de edad de pensionarse y modalidad de pensión, pero conlleva riesgos financieros, destacando la importancia del control de saldos por parte de los fondos privados.