La Resolución No. 000180 del 26 de septiembre de 2024 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) regula la información exógena cambiaria. Esta resolución establece la obligación de reportar información relacionada con las operaciones de cambio que están bajo el control y la vigilancia de la DIAN.
Los no residentes que obtengan ingresos en Colombia sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente según lo estipulado en los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario no estarán obligados a declarar renta, siempre que no posean patrimonio
En el traslado de los recursos de una cuenta abandonada que realiza una entidad financiera al ICETEX, no debe efectuarse retención en la fuente debido a que esta operación no corresponde a un pago o abono en cuenta y por lo tanto no implica que las entidades que participan en ella reciban un ingreso.
Es posible aplicar la deducción en el impuesto sobre la renta del 1% de las adquisiciones soportadas con factura electrónica de venta, siempre que se pueda probar que el pago se realizo a través de tarjeta debito/crédito o cualquier otro medio electrónico.