¿Puede una sociedad ubicada en ZOMAC aplicar de manera concurrente el beneficio tributario del artículo 237 de la Ley 1819 de 2016 con el señalado en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario?

25 septiembre, 2024 admin 0

En virtud de lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 23 de la Ley 383 de 1997, el beneficio tributario consagrado en el artículo 237 de la Ley 1819 de 2016, aplicable a las sociedades ubicadas en las ZOMAC, puede ser concurrente con el descuento tributario del artículo 258-1 del Estatuto Tributario.