Esta deducción permite a los empleadores obtener un beneficio fiscal significativo y promueve la inclusión laboral de personas con limitaciones, según la Ley 361 de 1997.
Los conceptos no son de cumplimiento obligatorio, pero se recomienda tenerlos en cuenta, ya que son emitidos por el órgano orientador en materia contable en Colombia.
El presente documento expone el pronunciamiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) respecto al certificado de discapacidad como soporte válido para acceder al beneficio tributario regulado en el artículo 31 de la Ley 361 de 1997.
Estos intereses se consideran parte accesoria de la renta laboral y, por tanto, se someten a la misma tarifa progresiva del artículo 383 del Estatuto Tributario.