¿Sabía usted que los comerciantes pueden llevar a cabo actividades accesorias no registradas, siempre que sean lícitas y complementarias a su actividad principal? 29 octubre, 2024 admin 0 La Superintendencia de Sociedades permite que los comerciantes realicen actividades accesorias, siempre que cumplan con las normas y mantengan la actividad principal registrada.