Sí, con esta decisión se reconoce el derecho de cualquier trabajador con responsabilidades de cuidado, independientemente del tipo de parentesco que mantenga con la persona a cargo.
El pronunciamiento de la Corte implica que las normas impugnadas continúan vigentes y se seguirán aplicando según lo establecido en la Ley 2277. A pesar de la inhibición, el caso sienta un precedente importante en la interpretación de las normas tributarias y los procedimientos de inconstitucionalidad.
A partir de julio de 2023, el beneficio de reducción de sanciones e intereses moratorios de la Ley 2277 de 2022 dejó de estar vigente, por lo que se debe aplicar el Artículo 640 del Estatuto Tributario para estos casos.
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