Las cuentas por cobrar derivadas de exportaciones deben incluirse en la declaración de activos en el exterior cuando el deudor no tiene residencia ni domicilio en Colombia.
La DIAN aclara que las cuentas por cobrar derivadas de exportaciones deben incluirse en la declaración de activos en el exterior si el deudor no tiene domicilio o residencia en Colombia. Esta disposición aplica incluso si dichas cuentas están relacionadas con el giro ordinario del negocio del contribuyente.