Obligaciones de los Comerciantes y Declarantes de Renta.
A continuación, se presenta una lista organizada de las principales obligaciones que tienen los comerciantes y declarantes de renta, tanto personas naturales como jurídicas, desde el punto de vista comercial, laboral y tributario.
1. Obligaciones Comerciales
- Registro Mercantil:
- Inscribirse en la Cámara de Comercio correspondiente a su domicilio.
- Renovar anualmente la matrícula mercantil antes del 31 de marzo.
- Libros de Contabilidad:
- Llevar contabilidad de acuerdo con los principios de la normatividad contable vigente (NIIF para Pymes o Plenas).
- Mantener actualizados y registrados los libros contables en la Cámara de Comercio si aplica.
- Documentación Legal:
- Elaborar y actualizar estatutos sociales en caso de ser una persona jurídica.
- Inscribir actos, reformas, nombramientos y demás documentos relevantes ante la Cámara de Comercio.
- Facturación:
- Emitir facturación electrónica conforme a los lineamientos de la DIAN.
2. Obligaciones Laborales
- Afiliación y Pagos a Seguridad Social:
- Inscripción y pago de aportes a seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales para empleados.
- Incluye aportes al Sistema de Compensación Familiar (Cajas de Compensación).
- Para contratistas independientes, verificar cumplimiento de aportes obligatorios.
- Contrato Laboral:
- Formalizar contratos laborales por escrito, con las condiciones mínimas legales.
- Pago de Prestaciones Sociales:
- Cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones.
- Cumplimiento de Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST):
- Implementación de sistemas de seguridad y salud en el trabajo.
- Reporte de Información:
- Registro de novedades laborales ante el PILA y presentación de información ante la UGPP.
- Revisión de Contratos:
- Evitar la simulación de contratos civiles para omitir pagos de seguridad social.
3. Obligaciones Tributarias
a) Impuestos Nacionales
- Declaración de Renta y Complementarios:
- Personas naturales: según los parámetros del año gravable (ingresos, patrimonio, consumos).
- Personas jurídicas: presentación anual con base en ingresos y resultados contables.
- Impuesto sobre las Ventas (IVA):
- Declaración y pago bimestral, cuatrimestral o anual según el régimen.
- Obligación de discriminación del IVA en las facturas.
- Impuesto Nacional al Consumo:
- Aplica a sectores específicos como bares, restaurantes, telefonía móvil.
- Retención en la Fuente:
- Agentes de retención deben presentar declaración y pago mensual de las retenciones practicadas.
- Impuesto sobre Dividendos:
- Aplicación y declaración según la categoría de dividendos recibidos.
- Obligación de Reporte de Información Exógena:
- Presentación de información detallada sobre operaciones económicas y movimientos financieros ante la DIAN.
b) Impuestos Territoriales
- Impuesto Predial:
- Pago anual o por cuotas de acuerdo con la normativa del municipio correspondiente.
- Impuesto de Industria y Comercio (ICA):
- Declaración y pago en municipios donde se ejerzan actividades comerciales, industriales o de servicios.
- Sobretasa Ambiental:
- Aplica en algunos municipios para empresas que generan impacto ambiental.
- Avisos y Tableros:
- Pago adicional por publicidad visual externa en algunos territorios.
c) Contribuciones Parafiscales
- Aportes al SENA, ICBF y Cajas de Compensación.
d) Obligaciones de Facturación Electrónica
- Implementación, emisión y validación de facturas electrónicas ante la DIAN.
- Expedición de documentos equivalentes electrónicos según corresponda.
e) Información y Auditorías
- Respuesta oportuna a requerimientos de la DIAN, UGPP y autoridades municipales.
- Implementación de auditorías tributarias internas para asegurar el cumplimiento normativo.
Conclusión
Este listado cubre las obligaciones fundamentales para comerciantes y declarantes de renta en Colombia. Cumplir estas responsabilidades permite evitar sanciones, sobrecostos y problemas legales. Se recomienda siempre contar con el apoyo de un contador público y monitorear actualizaciones normativas en portales oficiales.
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