¿Sabía usted que puede retractarse de una compra en solo cinco días hábiles?


Derecho de retracto en Colombia:

  • Permite al consumidor desistir de un contrato de compraventa sin permiso del proveedor, dentro de 5 días hábiles contados desde la entrega del bien o firma del contrato (Ley 1480/2011, art. 47).
  • Aplica a ventas a distancia (internet, catálogos), tiempos compartidos y financiamiento ofrecido por el vendedor.
  • Excepciones: servicios cuya ejecución ya inició con consentimiento, bienes personalizados, íntimos o perecederos, suministros sujetos a fluctuaciones, apuestas y loterías, entre otros.
  • Para ejercerlo basta notificar por escrito al vendedor; este debe reintegrar el dinero en máximo 30 días calendario, sin descuentos ni retenciones.
  • El consumidor asume los costos de devolución, y si el proveedor incumple, puede reclamarse ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

Derecho de Retracto en Colombia: Explicación Simplificada

El derecho de retracto es un mecanismo legal que permite a los consumidores en Colombia cancelar un contrato de compraventa o servicio sin necesidad de justificación ni consentimiento del vendedor. A continuación, se detallan los aspectos clave:


¿Qué es el derecho de retracto?

  • Es la facultad del consumidor de arrepentirse de una compra dentro de un plazo establecido, ya sea de un producto o servicio, y resolver el contrato.
  • Está regulado por la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).

¿Cuándo aplica?

Según el Artículo 47 de la Ley 1480, el derecho de retracto opera en:

  1. Ventas a distancia: Compras por internet, catálogos, teléfono, etc.
  2. Ventas de tiempos compartidos (ej: planes vacacionales).
  3. Ventas con financiación ofrecida por el vendedor (ej: cuotas).
  4. Métodos no tradicionales: Promociones con regalos o invitaciones.

Plazo para ejercerlo

  • 5 días hábiles contados desde:
    • La entrega del producto.
    • La firma del contrato (en caso de servicios no iniciados).

Excepciones (casos donde NO aplica)

El derecho no procede en:

  1. Servicios ya iniciados con acuerdo del consumidor (ej: un curso que empezó).
  2. Productos personalizados (ej: un mueble hecho a medida).
  3. Bienes perecederos o de rápida caducidad (ej: alimentos frescos).
  4. Artículos de uso personal/intimo (ej: ropa interior).
  5. Apuestas/loterías.
  6. Bienes deteriorables (ej: flores).
  7. Productos sujetos a fluctuaciones del mercado (ej: divisas).

Pasos para ejercer el derecho

  1. Notificar al vendedor por escrito dentro del plazo de 5 días.
  2. Devolver el producto en el mismo estado y condiciones en que se recibió.
  3. Cubrir los costos de envío de la devolución (el consumidor asume este gasto).

Devolución del dinero

  • El vendedor debe reembolsar el 100% del pago, sin descuentos, en un máximo de 30 días calendario desde la solicitud.

¿Qué hacer si el vendedor no responde?

  • Presentar una queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La SIC puede intervenir para garantizar el cumplimiento de la ley.

Derechos complementarios

Aunque no aplique el retracto, el consumidor conserva:

  • Garantías por defectos del producto (hasta 1 año).
  • Protección contra publicidad engañosa o fraudes.

Importante

  • Factura o comprobante: Es esencial conservarla para ejercer este derecho.
  • Condición del producto: Debe devolverse intacto, sin uso ni daños.

Este derecho brinda seguridad en compras a distancia o financiadas, equilibrando la relación entre consumidores y proveedores. Siempre verifique las condiciones específicas de cada transacción.

Basado en el Artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 y jurisprudencia de la SIC.


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