
El Decreto 0527 de 2025, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, introduce modificaciones al Decreto 780 de 2016 (Único Reglamentario del Sector Salud) para abordar desafíos en la operación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) del régimen contributivo que atienden a afiliados del régimen subsidiado.
Su objetivo principal es garantizar la continuidad en la prestación de servicios de salud a la población vulnerable, evitando interrupciones administrativas y protegiendo la estabilidad financiera del sistema.
Cambios clave:
- Modificaciones:
- Se actualiza el artículo 2.5.2.3.1.3 del Decreto 780 de 2016, incluyendo definiciones esenciales como:
- Autorización especial para operar en el régimen subsidiado: Permite a las EPS del régimen contributivo seguir atendiendo afiliados subsidiados sin cumplir inicialmente con requisitos de capital adicional.
- Limitación de la capacidad de afiliación: Restringe nuevas afiliaciones o traslados en el régimen subsidiado hasta que se cumplan ciertas condiciones financieras.
- Se actualiza el artículo 2.5.2.3.1.3 del Decreto 780 de 2016, incluyendo definiciones esenciales como:
- Adiciones:
- Se crea el artículo 2.5.2.3.5.6, que establece:
- Procedimientos para que la Superintendencia Nacional de Salud actualice la autorización de las EPS contributivas para operar en el régimen subsidiado.
- Requisitos para solicitar un retiro especial del régimen subsidiado, incluyendo planes de pago a prestadores y comunicación a afiliados.
- Excepciones a la limitación de afiliación (ej.: núcleos familiares, órdenes judiciales).
- Se crea el artículo 2.5.2.3.5.6, que establece:
- Derogaciones:
- Se eliminan los artículos 2.1.7.20, 2.1.7.21 y 2.1.11.4 del Decreto 780 de 2016, que exigían a las EPS contributivas solicitar autorización para operar en ambos regímenes. Esto responde a la baja adherencia previa (solo 3 EPS cumplieron) y al riesgo de sobrecargar a las EPS subsidiadas.
Objetivos principales:
- Evitar interrupciones en servicios de salud para 5,3 millones de afiliados subsidiados en EPS contributivas.
- Proteger la sostenibilidad financiera de las EPS, limitando su expansión en el régimen subsidiado hasta cumplir requisitos.
- Flexibilizar la regulación para facilitar la operación de EPS contributivas con afiliados subsidiados, sin obligarlas a cumplir inicialmente con exigencias adicionales.
Consideraciones críticas:
- Riesgo de concentración: Las EPS subsidiadas podrían verse sobrecargadas si las contributivas no logran mantener su autorización especial.
- Garantía de acceso: Aunque se prioriza la continuidad, es necesario vigilar que las restricciones no limiten el derecho a la salud de los afiliados.
- Transparencia: Las definiciones claras y los procedimientos estandarizados buscan mejorar la supervisión y el cumplimiento normativo.
Vigencia: El decreto entra en vigor tras su publicación y aplica inmediatamente a las EPS afectadas.
Este ajuste normativo refleja un equilibrio entre la necesidad de adaptar el sistema a realidades operativas y financieras, y la obligación del Estado de garantizar el derecho fundamental a la salud.
Decreto 0527 de 2025
Este decreto modifica el Decreto 780 de 2016 (Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social) y tiene como propósito establecer un régimen especial de autorización para que EPS del régimen contributivo puedan seguir operando con afiliados del régimen subsidiado, garantizando así la continuidad en la prestación de servicios de salud y la sostenibilidad del sistema.
📜 Normas Afectadas
Acción | Artículos | Decreto Afectado |
---|---|---|
Modifica | 2.5.2.3.1.3 | Decreto 780/2016 |
Adiciona | 2.5.2.3.5.6 | Decreto 780/2016 |
Deroga | 2.1.7.20, 2.1.7.21, 2.1.11.4 | Decreto 780/2016 |
📌 Aspectos Clave del Decreto
🔹 1. Autorización especial para EPS contributivas con afiliados subsidiados
- Se crea una figura de autorización especial para EPS contributivas con afiliados del régimen subsidiado.
- La Superintendencia Nacional de Salud deberá actualizar de inmediato el certificado de funcionamiento.
- Esta autorización será territorial, conforme a donde estén afiliadas las personas del régimen subsidiado.
🔹 2. Limitaciones
- Las EPS con autorización especial tendrán limitación para nuevas afiliaciones o traslados del régimen subsidiado.
- Excepto en casos de:
- Unificación de núcleo familiar.
- Cumplimiento de fallos judiciales.
- Novedades ya notificadas.
- Ciertos tipos de traslados familiares.
🔹 3. Requisitos para retiro voluntario
Las EPS que deseen retirarse del régimen subsidiado deberán presentar:
- Listado de afiliados.
- Justificación detallada.
- Plan de pagos a prestadores.
- Acuerdos de pago.
- Notificación a entes territoriales y afiliados.
🔹 4. Dispensa de capital adicional
- Las EPS con autorización especial no deberán acreditar capital adicional, salvo que deseen afiliar nuevos usuarios.
🧠 Contexto Jurídico y Justificación
La medida busca evitar la interrupción de tratamientos y la afectación en la continuidad de servicios de salud para más de 5 millones de afiliados en riesgo por no haber sido autorizadas las EPS en ambos regímenes. El decreto responde a:
- Fallas en la implementación del Decreto 719 de 2024.
- Advertencias de la Superintendencia Nacional de Salud.
- Necesidad de proteger el derecho fundamental a la salud (Ley Estatutaria 1751 de 2015).
- Aval de la Superintendencia de Industria y Comercio en cuanto a competencia.
📋 Lista de Verificación para EPS
Requisito | ¿Obligatorio? | Plazo |
---|---|---|
Actualización del certificado | ✅ | Inmediata por Supersalud |
Registro de capacidad de afiliación | ✅ | 30 días desde notificación |
Solicitud de retiro especial | Opcional | Hasta 30 días después del acto administrativo |
Capital adicional | ❌ (excepto si desea afiliar nuevos usuarios) | N/A |
❓ Preguntas Frecuentes (FAQ)
🔸 ¿Qué EPS están obligadas a acogerse a este decreto?
EPS del régimen contributivo que ya tengan afiliados en el régimen subsidiado.
🔸 ¿Esta autorización permite recibir más afiliados?
No, salvo excepciones puntuales como unificación familiar, órdenes judiciales, o traslados ya notificados.
🔸 ¿Qué pasa si una EPS no solicita la autorización?
Será obligada a trasladar sus afiliados subsidiados, lo cual puede afectar su continuidad en tratamientos y servicios.
📣 Recomendaciones para EPS y actores del sistema
- Radicar a tiempo la capacidad de afiliación ante Supersalud.
- Evitar nuevas afiliaciones indebidas del régimen subsidiado.
- Comunicar adecuadamente a usuarios y entidades territoriales.
- Mantener la estabilidad financiera y planear contingencias si se opta por el retiro.
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