Cambio marco técnico normativo.

CONSULTA:

1. ¿Es viable que una sociedad la cual se encuentra clasificada en el grupo 2 de NIIF para PYMES adopte la NIIF 16 grupo 1?

2. ¿Una sociedad que por sus características se encuentra clasificada bajo el grupo 2 de NIIF para PYMES puede adoptar y/o implementar NIIF plenas de forma voluntaria?

3. ¿En caso de que la respuesta sea positiva, la sociedad podrá realizar dicho cambio ante la superintendencia de sociedades en lo que resta del año 2019?

4. ¿Si la sociedad tiene su casa Matriz en el exterior, donde su aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera se encuentra bajo NIIF Plenas y para efectos de consolidación de estados financieros se deberán adoptar conforme a lo establecido por su casa matriz? “

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