Se reglamentan los artículos 44 y 65 de la Ley 2155 de 2021 y se modifican y adicionan unos artículos del Capítulo 22 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

DECRETA

Artículo 1. Adición de un inciso y un parágrafo al artículo 1.2.1.22.47. del Capítulo 22 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. 
Adiciónense un inciso y un parágrafo al artículo 1.2.1.22.47. del Capítulo 22 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así:

“Lo dispuesto en el inciso anterior, será aplicable a las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario, que a treinta y uno (31) de diciembre de 2021 tengan expedido y notificado el acto de conformidad del proyecto de inversión en economía naranja.

Parágrafo. A partir del primero (1) de enero de 2022, las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario, que soliciten la calificación de los proyectos de inversión en economía naranja, deberán estar constituidas e iniciar el desarrollo de las actividades que se encuentran descritas en el artículo 1.2.1.22.48. de este Decreto antes del treinta (30) de junio de 2022.”
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Proyecto de Decreto

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